Search for:
  • Home/
  • Economy/
  • Preguntas y respuestas: Prácticas publicitarias engañosas en España
Preguntas y respuestas: Prácticas publicitarias engañosas en España

Preguntas y respuestas: Prácticas publicitarias engañosas en España

Publicidad engañosa

edición y publicidad

¿Cómo se distingue el contenido editorial de la publicidad?

Los contenidos editoriales no están expresamente regulados en España, pero sin duda tienen la consideración de publicidad en la definición del Código de la Publicidad Pública (“cualquier forma de comunicación realizada por una persona física, jurídica, pública o privada en el ejercicio de sus funciones mercantiles, mercantiles, artesanales”). o negocio profesional”).Actividades encaminadas a promover, directa o indirectamente, bienes muebles o inmuebles, servicios, derechos u obligaciones.)

Dado lo anterior, el contenido editorial puede ser considerado publicidad engañosa cuando no es claramente identificado como publicidad por parte de los consumidores (el consumidor medio) ya sea desde la perspectiva del derecho general de la publicidad o desde la perspectiva del derecho de la competencia desleal.

Anuncio que requiere prueba

¿Cómo distingue su ley entre reclamos de “abultamiento” y reclamos publicitarios que requieren respaldo?

Con carácter general, en España se deberá acreditar todo tipo de mensajes publicitarios. Si bien las leyes españolas no tienen una definición de “bulto”, la doctrina ha abordado este tema y en concreto el organismo autorregulador Autocontrol ha establecido que los anuncios deben analizarse en función del mensaje público. Si este análisis concluye que el significado general del anuncio transmite un mensaje confiable, el anuncio no es engañoso.

Normas de publicidad engañosa

¿Cuáles son las normas generales en materia de publicidad engañosa? ¿Debe divulgarse toda la información material? ¿Están permitidos los descargos de responsabilidad y las notas al pie?

Son anuncios engañosos todos los anuncios que inducen o de cualquier forma pueden inducir a conclusiones erróneas en los usuarios cuando se refieren a las características de los bienes, actividades o servicios; precio, condiciones legales y financieras de compra; uso y entrega de productos; O realizar servicios y servicios postventa. Los anunciantes deben poder corroborar las afirmaciones si se les solicita que lo hagan o si se presenta una queja. La prueba debe basarse en hechos objetivos, válidos y comprobables.

El material debe estar disponible, pero no es necesario divulgarlo si no se solicita.

Los descargos de responsabilidad y las notas al pie están permitidos, pero deben ser claros y fáciles de entender para los consumidores.

Prueba de reclamos publicitarios

¿Debe el anunciante tener pruebas de las afirmaciones que hace en el anuncio antes de publicarlo? ¿Existen estándares reconocidos para el tipo de evidencia necesaria para fundamentar las afirmaciones?

La carga de la prueba recae en el anunciante que debe estar listo para probar las afirmaciones en el momento en que se revela la extensión. Esto significa que las pruebas deben estar disponibles para ser presentadas tan pronto como el anuncio sea objeto de una queja y dentro de los plazos para una respuesta a la queja.

Las pruebas, estudios o datos técnicos, estadísticos o científicos son métodos de prueba válidos, pero los recursos no están limitados, por lo que se puede considerar cualquier material que contribuya a fundamentar la validez y exactitud de las afirmaciones.

READ  Proyecciones epidemiológicas triple negativas para el cáncer de mama, 2032

Resultados de la encuesta

¿Existen requisitos específicos para las afirmaciones publicitarias basadas en los resultados de la encuesta?

El principio de honestidad se encuentra en el corazón de todos los anuncios, incluidas las afirmaciones. Promocionar las propiedades de los productos haciendo referencia a estudios falsos o datos manipulados es publicidad engañosa. En consecuencia, se espera un procesamiento impresionante de los resultados de las encuestas.

Comparaciones con competidores

¿Cuáles son las reglas para comparar con los competidores? ¿Está permitido identificar al competidor por su nombre?

La publicidad comparativa está permitida en España pero bajo un estricto régimen legal para proteger los intereses de los consumidores de la competencia. Los anuncios pueden referirse explícita o implícitamente y/o identificar a los competidores, pero siempre deben ser veraces y no deben expresarse en términos de desdén o difamación.

Resultados de pruebas y estudios

¿Las afirmaciones que se refieren a pruebas y estudios que prueban la superioridad del producto requieren puntajes o tipos de prueba más altos o especiales?

La publicación de pruebas comparativas de productos o servicios deberá revelar la persona natural o jurídica que realizó las pruebas y la fecha en que se realizaron. En el caso de divulgación parcial, debe hacerse de manera justa y equitativa.

Mostrar rendimiento

¿Existen reglas especiales para la publicidad que representan o muestran el rendimiento del producto?

Cuando se divulguen datos técnicos, científicos o estadísticos en comunicaciones de marketing, estos deberán ser relevantes y verificables; Deben ser honestos y evitar engañar a los destinatarios.

Se pondrá especial cuidado en que las comunicaciones comerciales no induzcan a error o engaño a los niños en cuanto al tamaño, valor, naturaleza o prestaciones reales del producto.

Aprobaciones de terceros

¿Existen reglas especiales para los avales o testimonios de terceros, incluidas las declaraciones de opiniones, creencias o experiencias?

No existen reglas especiales para los avales o certificaciones de terceros, salvo la publicidad de productos sanitarios y los anuncios dirigidos a niños, donde están prohibidos.

El principio básico es que los avales o testimonios de terceros, incluidas las declaraciones de opiniones, creencias o experiencias incluidas en un anuncio, deben ser veraces. Se recomienda obtener el permiso previo por escrito de quienes lo brindan porque el anunciante debe poder probar la veracidad y exactitud del testimonio.

Código de buenas prácticas publicitarias de Autocontrol También contiene una disposición sobre testimonios que, además de lo anterior, exige que se aclare el carácter sustentado de la recomendación o testimonio mediante una advertencia adecuada cuando el mensaje sea susceptible de inducir a error al usuario.

Garantías

¿Existen reglas especiales para la publicidad colateral?

No existen reglas especiales para las garantías publicitarias o el contrato de posventa. No obstante, se entiende como publicidad engañosa la publicidad de la garantía legal obligatoria como particularidad del producto.

READ  Los dueños de negocios y los vendedores tientan a los compradores con descuentos

Código de buenas prácticas publicitarias de Autocontrol Se permite el uso de “garantizado”, “garantizado”, “aprobado” o palabras con un significado similar, siempre que no engañe o pueda inducir a error al consumidor en cuanto al alcance de la garantía.

impacto medioambiental

¿Existen reglas especiales para reclamos de impacto ambiental?

No existe una regulación general, pero existen restricciones para algunos productos.

Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de productos ecológicosregula los requisitos que debe cumplir un producto para ser considerado orgánico, por lo que los términos “eco”, “biológico”, “orgánico”, o las siglas “eco” o “bio”, podrán incorporarse al etiquetado, empaque o publicidad.

Este reglamento se aplica a los siguientes productos originarios de la agricultura, incluidas la acuicultura y la apicultura, y los productos derivados de esos productos:

  • productos agrícolas vivos o sin procesar, incluidas semillas y otros materiales de propagación de plantas;
  • productos agrícolas procesados ​​para su uso como alimento; Y
  • alimentar.

Esta regulación también se aplica a algunos otros productos estrechamente relacionados con la agricultura, tales como: levadura utilizada como alimento o forraje; yerba mate, maíz dulce, hojas de parra, palmitos, brotes de lúpulo y demás partes comestibles de las plantas y sus productos; sal marina y otras sales para alimentos y forrajes; Los capullos de gusanos de seda son adecuados para tambalearse; Gomas y resinas naturales. cera de abejas; aceites esenciales; Tapones de corcho natural, no aglomerantes y sin aglutinantes; algodón, sin peinar ni peinar; lana sin peinar o peinada; cueros en bruto y cueros y pieles sin tratar; Preparaciones herbales botánicas tradicionales.

A los efectos de este reglamento, se considerará que el producto lleva términos que se refieren a la producción orgánica cuando dicho producto, sus ingredientes o las materias primas utilizadas en su producción se describen, en etiquetas, materiales publicitarios o documentos comerciales, en términos que sugieran al comprador que el producto, los ingredientes o las materias primas para piensos han sido elaborados de acuerdo con este reglamento. Además, no se pueden utilizar términos, incluidos los términos utilizados en marcas comerciales o nombres de empresas, o prácticas de etiquetado o publicidad, si pueden inducir a error a un consumidor o usuario al insinuar que un producto o sus ingredientes cumplen con este reglamento.

En cuanto a la energía y los coches Ley de Autorregulación de la Comunicación Empresarial incluyendo reclamaciones ambientales Progresando. En consecuencia, las afirmaciones ambientales deben ser legales, honestas y responsables y no abusar de la preocupación de los consumidores por el medio ambiente ni aprovecharse de su falta de conocimiento sobre estos temas.

En cualquier caso, las afirmaciones ambientales deben basarse en evidencia permisible, objetiva, actualizada, suficiente y verificable y los beneficios ambientales del producto deben ser significativos. Engañar el impacto de un producto en el medio ambiente al citar estudios falsos, datos manipulados o beneficios no ambientales se considera publicidad engañosa.

Reclamaciones de precios especiales y gratuitas

¿Existen reglas especiales para describir algo como gratuito, una prueba gratuita o para reclamos de precios especiales o ahorros?

READ  Después de Estados Unidos, la marca de café croata kava ya está en España

Las reclamaciones de precios gratuitas y privadas son legales. De hecho, en España son habituales las ofertas de “dos por uno”, los bonos, los vales que ofrecen un futuro descuento o los puntos de bonificación que permiten al cliente recibir artículos gratis en el futuro.

Sin embargo, ciertas reglas deben ser observadas. Se puede ofrecer al consumidor un producto o servicio gratuito oa un precio especialmente reducido, ya sea automáticamente o mediante la participación en un sorteo o concurso. Si el regalo consiste en la participación en un sorteo o concurso, se deberá observar la normativa aplicable a los sorteos y concursos.

Cuando el obsequio se presente en el embalaje del producto, deberá ponerse a disposición del usuario dentro de los tres meses siguientes a la finalización de la promoción. Existen algunas leyes locales en las comunidades autónomas de España que regulan las ventas ofreciendo regalos, recompensas o descuentos (pueden surgir especialidades en las comunidades autónomas de España).

Se considera que un producto se describe como “gratis”, “gratis” o similar si el consumidor tiene que pagar más que el costo para recibir la promoción (es decir, pagar la entrega, el envío de un producto gratis o llamar a un número con una prima). tasa).

Las ventas de temporada requieren que su duración esté claramente definida. Las ventas de fin de línea deben declararse como tales o la venta de exceso de existencias y las ventas de liquidación solo pueden tener lugar en circunstancias excepcionales cuando la intención es sacar el stock de ciertos productos que se anuncian como liquidados y requieren mención Motivo de las ventas de liquidación (es decir, negocios clausura).

Se aplican normas específicas a ciertos tipos de bienes, como productos médicos, sanitarios y farmacéuticos, en los que está prohibido cualquier tipo de obsequio promocional.

Nuevo y mejorado

¿Existen reglas especiales para afirmar que un producto es nuevo o mejorado?

No lo hay, pero el principio de honestidad se encuentra en el fondo de todos los anuncios, incluidas las afirmaciones. Debe ser posible demostrar que el producto es nuevo. Si el producto se ha mejorado, se deben dar detalles de cómo o qué se ha mejorado. Mejorar las características del producto señalando estudios erróneos o datos manipulados es publicidad engañosa.

Reclamos de origen

¿Existen reglas especiales para declarar dónde se fabrica el producto (p. ej., país de origen)?

No hay otras disposiciones legales más generales que excluir las “indicaciones geográficas” protegidas. No obstante, proporcionar información falsa sobre el origen de los bienes o servicios y realizar afirmaciones falsas puede ser considerado publicidad engañosa y/o competencia desleal.

"Defensor de la Web. Geek de la comida galardonado. Incapaz de escribir con guantes de boxeo puestos. Apasionado jugador".

Leave A Comment

All fields marked with an asterisk (*) are required